Algunas claves principales de la nueva ley, así como cifras y datos de referencia para entender el sector del juego y su evolución durante los últimos años (sobre todo las apuestas por Internet):
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El juego se despenalizó en España en el año 1977.
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Desde entonces se ha desarrollado una legislación dispersa una vez que se establece la transferencia de competencias a las 17+2 Comunidades y Provincias autónomas, que tienen regulación específica para todas las modalidades de juego y apuestas deportivas presenciales.
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La norma regula por primera vez, además de las modalidades de juego tradicionales, las apuestas que se pueden realizar a través de Internet o del móvil.
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La regulación, además de ordenar el sector del juego mediante nuevos canales remotos, quiere evitar que el juego se use para actividades de blanqueo de dinero o para financiar el terrorismo.
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Se establece un periodo transitorio (hasta el 1 de enero de 2012) para que las empresas regulen (legalicen) su situación y sus actividades de patrocinio o de publicidad en medios de comunicación.
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La ley garantiza la seguridad jurídica de los operadores y de los consumidores, así como la protección de los menores y de las personas más vulnerables o que están incapacitadas legalmente para jugar o de las que han pedido voluntariamente que no se les deje acceder al juego.
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40.000 personas han pedido voluntariamente que no se les permita acceder a ninguna modalidad de juego para evitar situaciones de ludopatía.
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Se crea el Consejo de Políticas del Juego, un órgano en el que estarán representadas las comunidades autónomas, y que podrá administrar la normativa, licencias y sistemas técnicos de los operadores.
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La Comisión Nacional del Juego y la Subdirección de Ordenación del Juego, será el organismo que autorice, supervise y controle esta actividad, y la responsable final de imponer las sanciones.
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Las sanciones pueden llegar hasta 50 millones para las «muy graves», entre las que figura la de ofrecer juegos sin tener licencia.
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La ley establece un nuevo impuesto para las empresas que ofrezcan juego, (25% sobre GGR – ganancias brutas después de premios para los juegos populares de internet), que se distribuirá íntegramente entre las comunidades autónomas, excepto el gravamen sobre las apuestas mutuas deportivas o hípicas estatales, que seguirá correspondiendo al Estado.
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Un porcentaje de la recaudación que se obtenga en las apuestas deportivas retornará al deporte (su regulación definitiva se plasmará en la futura Ley del Deporte Profesional).
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El volumen de negocio del juego privado tradicional (bingos, casinos o máquinas recreativas «presenciales») ronda los 30.000 millones de euros y representa + del 1% del PIB.
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Esas modalidades de juego pagan anualmente a Hacienda, en concepto de «tasas de juego» y otros impuestos aplicables a la actividad de juego de unos 5.000 millones de euros.
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El juego privado tradicional genera y soporta unos 170.000 empleos directos e indirectos.
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Las nuevas modalidades de juego online generaron el pasado año 315 millones de euros de beneficio, según la AEDAPI.
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Los beneficios del juego online ha aumentado progresivamente durante los últimos cuatro años: 175 millones en 2007, 201 en 2008, 264 en 2009, y 315 el pasado año, según la AEDAPI.
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El juego online apenas crea puestos de trabajo en España, ya que las empresas que ofrecen actualmente esos servicios lo hacen con su estructura operativa fuera de España y operan desde servidores localizados fuera del país.
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Los juegos online han conseguido crear en España, una base de datos de unos 400.000 jugadores durante los últimos años, mediante una gran inversión en publicidad y patrocinios, y que se han visto atraídas sobre todo por las apuestas deportivas por Internet y modalidades muy específicas como el póker.
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El juego público (la Lotería Nacional, la Bono Loto, la Primitiva y la Quiniela) facturó en 2010 unos 10.000 millones de euros, sobre todo gracias a los sorteos extraordinarios de Navidad (unos 2.700 millones de euros) y El Niño (unos 700 millones).
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El 30 por ciento del dinero que recauda cada año Loterías y Apuestas del Estado (unos 3.000 millones de euros) va directamente al Tesoro Público.
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LAE se ha transformado ya en Sociedad Estatal y va a abrir su capital -en un treinta por ciento- al sector privado, con un valor estimado de 17.000 millones de Euros, por lo que la privatización de un 30% producirá unos ingresos estimados en 6.000 millones de Euros.
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Las empresas que ofrezcan juegos por Internet deberán utilizar el dominio «.es», para reforzar la supervisión y el control de las autoridades españolas.
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La nueva ley excluye de la oferta de juego por medios remotos al juego del bingo y las apuestas deportivas en vivo, modalidades muy populares en España a través de la oferta presencial, siendo la modalidad de apuestas online la que aporta alrededor de un 50% de los ingresos de las apuestas deportivas, tanto presenciales como las que se ofrecen online.
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El desarrollo de lay se llevará a cabo mediante varios decretos ley que serán publicados inmediatamente de que la ley sea oficial en el Boletín Oficial del Estado, y a través de estas disposiciones se regularán todos los aspectos burocráticos, de cumplimiento y demás requisitos de toda índole que permita la aplicación de la nueva legislación.
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Se estima que en pocos días la ley quedará publicada en el BOE, pendiente del informe de Bruselas y posterior publicación de los Reales Decretos que ordenarán su desarrollo, estimándose que durante el mes de Junio la Ley será totalmente operativa.
Aquí podéis repasar la versión íntegra.